Acciones militares en apoyo a la Policía deberán respetar las normas de derecho internacional
EL Congreso de la República oficializó la Ley 31522 que establece las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) en el territorio nacional.
A través de una publicación en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, dicha norma dispone la modificación de los artículos 4 , 5 y 21 del Decreto Legislativo que establece reglas y uso de la fuerza por parte de las FF.AA.
En el caso del artículo 4, indica que las Fuerzas Armadas presentarán apoyo a la Policía Nacional del Perú, previa declaración de estado de emergencia, en casos de tráfico ilícito de drogas, terrorismo o protección de instalaciones estratégicas para funcionamiento del país, servicios públicos esenciales y en los demás casos constitucionalmente justificados cuando la capacidad de la Policía sea sobrepasada.
En el artículo 5, indica que cuando la actuación de las Fuerzas Armadas, previa declaración de estado de emergencia, se orienta a realizar acciones militares en apoyo a la Policía Nacional en las situaciones descritas previamente, rigen las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
La disposición complementaria final añade que el Poder Ejecutivo adecuará en el plazo máximo de 90 días calendario el Reglamento del Decreto Legislativo 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.