Farmacias y boticas deberan tener en stock el 30% de medicamentos genéricos

Farmacias y boticas deberan tener en stock el 30% de medicamentos genéricos

El Ministerio de Salud, aprobó la resolución que establece que tanto boticas como farmacias deberán contar con un stock del 30% obligatorio de los medicamentos genéricos incluidos dentro del listado.

La resolución indica que se trata de medidas extraordinarias que buscan garantizar el acceso de los medicamentos genéricos a una mayor parte de la ciudadanía.

El documentl reza: Aprobar el Listado de medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 005-2024, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar el acceso a medicamentos genéricos a la población, que como Anexo forma parte integrante de la Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud», se puede leer en el documento.

Con ello, las farmacias y boticas de los establecimientos de salud del sector privado que operan en el país deben demostrar la venta y/o adquisición de un stock mínimo mensual del 30% de la oferta total de cada uno de los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional del Listado de medicamentos esenciales genéricos.

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