Fiscalía logró se confirme sentencia de 12 años de prisión para dueños de bares en Atico por el delito de trata de personas agravada

Fiscalía logró se confirme sentencia de 12 años de prisión para dueños de bares en Atico por el delito de trata de personas agravada

El Fiscal Adjunto al Superior de la Tercera Fiscalía Penal de Apelaciones de Arequipa, Julio César Tapia Cárdenas logró se confirme la sentencia de 12 años de prisión contra Wilder Gonzáles Ávalos y Milly Hayde Canchanya Salgado, al declararlos co-autores del delito de trata de personas en su forma agravada; al haber captado, recepcionado y acogido a una menor de 16 años de edad en el 2015, con fines de explotación sexual en la modalidad de fichaje.

Los imputados propietarios de los bares Motta y Titanic ubicados en el distrito de Atico en la provincia de Caravelí promovieron la captación de la agraviada mediante una agencia de empleos de la ciudad de Lima, ofreciéndole un trabajo en un restaurante turístico. Al llegar al lugar la víctima evidenció la intención de sus captores; sin embargo, fue despojada de sus pertenencias y obligada a “trabajar” bajo constantes amenazas por más de tres años. Los sentenciados promovían los denominados “pases” lo que significaba tener relaciones sexuales con los clientes, saliendo a un hotel o en los cuartos de los bares. La denuncia de la víctima fue interpuesta en Arequipa en el mes de octubre del 2017 luego que con engaños escapara del bar un mes antes.

Como se recuerda en audiencia de primera instancia el Fiscal Adjunto al Provincial, Renzo Humberto Chire Alvarez de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada postuló los hechos materia de imputación, acreditando la responsabilidad de los denunciados en este grave delito, aprovechándose estos de la condición de vulnerabilidad social y económica de la agraviada.

El Ministerio Público logró que el Poder Judicial declare infundado el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de los sentenciados, en cuanto a la pena y reparación civil impuesta, siendo confirmada su condena por la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná, además de inhabilitarlos para ejercer por cuenta propia o por medio de terceros la administración de bares y cantinas, donde se induzca a personal femenino a trabajar como damas de compañía durante el periodo de 10 años y el pago de una reparación civil de forma solidaria de S/ 4 000. 00 soles a favor de la agraviada.

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